/ martes 18 de abril de 2023

Freno a traspaso de la GN a la Sedena es un logro ciudadano: Ochoa Sada

Uno de los activistas que apoyó para interponer 72 amparos en contra de la reforma al artículo 21 de la Constitución, dijo que de haberse mantenido se hubiera avalado una incongruencia de la política pública de seguridad

IRAPUATO, Gto. (OEM-Informex).- Como un triunfo ciudadano, así es como calificaron las organizaciones civiles que interpusieron, desde septiembre de 2022 a la fecha, 72 amparos en contra de la adhesión de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinara revocar el decreto por el que se autorizaba ese traspaso.

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Joan Ochoa Sada, vocero de la asociación civil Uniendo Caminos por México, recordó que fue en septiembre de 2022 cuando ante el Juzgado Noveno del Décimo Sexto Distrito, con sede en Irapuato, interpusieron el primer amparo por el cual solicitaban que fuera declarado inconstitucional el decreto mediante el que se incorpora la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Quedó frenado el pase de la GN a la Sedena.

Joan Ochoa Sada explicó que el objetivo del primer amparo era para manifestar que se estaba en contra de que se legalizara la seguridad pública de manera militar.

Una cosa es que se pida un auxilio y otra cosa es que de manera legal ya puedan hacer esta tarea, sin que haya un órgano fiscalizador al respecto", explicó.

Después de ese primer amparo interpuesto por parte de las organizaciones civiles que lo promovieron, que fueron Fuerza Ciudadana Uniendo Caminos, Unión Cívica 1 País, México Haciendo Ciudadanía, Neurona Ciudadana, así como los despachos Firma Jurídica, AC&AC Asociados y Tojil Eek, éste les fue otorgado, pero el 19 de octubre fue revocado por parte del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, con sede en Guanajuato; no obstante, la jueza Karla María Macías Lovera, del Juzgado Noveno de Distrito con sede en Irapuato, otorgó el 24 de octubre de 2022 la suspensión definitiva a la incorporación de la Guardia Nacional hacia la Secretaría de la Defensa Nacional.

En aquélla ocasión, los alegatos de los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito que habían revocado el primer amparo promovido para frenar la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional habían determinado que Ángel Castro Gómez, el activista que interpuso dicho recurso legal, no tenía interés jurídico o legítimo para solicitar que esta reforma federal fuera suspendida, aunado a que el magistrado Gerardo Mendoza Gutiérrez explicó que si proseguía la suspensión que promovía el amparo, podría haber una afectación al orden público, lo cual perjudicaría en las labores de las autoridades para el combate a la delincuencia.

Los activistas señalaron que no se hubiera militarizado la seguridad.

Sin embargo, en su alegato de suspensión definitiva de octubre de 2022, la jueza Karla María Macías Lovera señaló que sí había interés legítimo, pues “el quejoso aduce que esta sujeción al mando militar inhibe el ejercicio de derechos esenciales en una democracia, como la libertad personal o la privacidad de las comunicaciones, dado que los elementos castrenses carecen de formación o adiestramiento para llevar a cabo tareas de seguridad pública, por ejemplo, para realizar actividades de prevención del delito o de proximidad ciudadana, para imponer multas administrativas con motivo de la infracción a reglamentos de tránsito o fungir como policía procesal en los términos de la Ley Nacional de Ejecución Penal”, según consta en la resolución a la que Organización Editorial Mexicana tuvo acceso.

El caso siguió por varias instancias, en donde hubo varias defensas, hasta que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el tema que fue desahogado durante el transcurso del martes.

Así, la suspensión otorgada por la jueza Karla María Macías Lovera en octubre de 2022 indicaba que se ordena a las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Defensa Nacional que deberán suspender de inmediato la transferencia de recursos presupuestales, financieros y materiales, pues la Guardia Nacional deberá seguir siendo una corporación independiente y civil.

Además, también debía suspenderse el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional y dicho organismo continúa bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, como lo estipula el artículo 21 de la Constitución.

Desde septiembre a la fecha fueron 72 los amparos interpuestos.

Por ello, en la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante los alegatos para declarar inconstitucional el traspaso de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, el ministro Javier Laynez Potisek calificó como un “fraude a la Constitución” la reforma aprobada en septiembre de 2022, pues violaba el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que las corporaciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, deben tener carácter civil, lo que no se cumpliría si dicha corporación quedaba subordinada a la Sedena.

Esto es un gran logro ciudadano, ya que dicha decisión enmarca la complejidad y la incongruencia de las políticas públicas en materia de seguridad en el país, pues por un lado durante la creación de la Guardia Nacional se determinó que sería siempre una institución civil, hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la última reforma violaba íntegramente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, señaló Joan Ochoa Sada, quien además difundió un comunicado, en donde agradeció el arropo ciudadano que las organizaciones civiles promotoras de estos amparos recibieron durante los meses que duró la batalla legal que emprendieron.

IRAPUATO, Gto. (OEM-Informex).- Como un triunfo ciudadano, así es como calificaron las organizaciones civiles que interpusieron, desde septiembre de 2022 a la fecha, 72 amparos en contra de la adhesión de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinara revocar el decreto por el que se autorizaba ese traspaso.

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Joan Ochoa Sada, vocero de la asociación civil Uniendo Caminos por México, recordó que fue en septiembre de 2022 cuando ante el Juzgado Noveno del Décimo Sexto Distrito, con sede en Irapuato, interpusieron el primer amparo por el cual solicitaban que fuera declarado inconstitucional el decreto mediante el que se incorpora la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Quedó frenado el pase de la GN a la Sedena.

Joan Ochoa Sada explicó que el objetivo del primer amparo era para manifestar que se estaba en contra de que se legalizara la seguridad pública de manera militar.

Una cosa es que se pida un auxilio y otra cosa es que de manera legal ya puedan hacer esta tarea, sin que haya un órgano fiscalizador al respecto", explicó.

Después de ese primer amparo interpuesto por parte de las organizaciones civiles que lo promovieron, que fueron Fuerza Ciudadana Uniendo Caminos, Unión Cívica 1 País, México Haciendo Ciudadanía, Neurona Ciudadana, así como los despachos Firma Jurídica, AC&AC Asociados y Tojil Eek, éste les fue otorgado, pero el 19 de octubre fue revocado por parte del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, con sede en Guanajuato; no obstante, la jueza Karla María Macías Lovera, del Juzgado Noveno de Distrito con sede en Irapuato, otorgó el 24 de octubre de 2022 la suspensión definitiva a la incorporación de la Guardia Nacional hacia la Secretaría de la Defensa Nacional.

En aquélla ocasión, los alegatos de los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito que habían revocado el primer amparo promovido para frenar la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional habían determinado que Ángel Castro Gómez, el activista que interpuso dicho recurso legal, no tenía interés jurídico o legítimo para solicitar que esta reforma federal fuera suspendida, aunado a que el magistrado Gerardo Mendoza Gutiérrez explicó que si proseguía la suspensión que promovía el amparo, podría haber una afectación al orden público, lo cual perjudicaría en las labores de las autoridades para el combate a la delincuencia.

Los activistas señalaron que no se hubiera militarizado la seguridad.

Sin embargo, en su alegato de suspensión definitiva de octubre de 2022, la jueza Karla María Macías Lovera señaló que sí había interés legítimo, pues “el quejoso aduce que esta sujeción al mando militar inhibe el ejercicio de derechos esenciales en una democracia, como la libertad personal o la privacidad de las comunicaciones, dado que los elementos castrenses carecen de formación o adiestramiento para llevar a cabo tareas de seguridad pública, por ejemplo, para realizar actividades de prevención del delito o de proximidad ciudadana, para imponer multas administrativas con motivo de la infracción a reglamentos de tránsito o fungir como policía procesal en los términos de la Ley Nacional de Ejecución Penal”, según consta en la resolución a la que Organización Editorial Mexicana tuvo acceso.

El caso siguió por varias instancias, en donde hubo varias defensas, hasta que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el tema que fue desahogado durante el transcurso del martes.

Así, la suspensión otorgada por la jueza Karla María Macías Lovera en octubre de 2022 indicaba que se ordena a las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Defensa Nacional que deberán suspender de inmediato la transferencia de recursos presupuestales, financieros y materiales, pues la Guardia Nacional deberá seguir siendo una corporación independiente y civil.

Además, también debía suspenderse el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional y dicho organismo continúa bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, como lo estipula el artículo 21 de la Constitución.

Desde septiembre a la fecha fueron 72 los amparos interpuestos.

Por ello, en la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante los alegatos para declarar inconstitucional el traspaso de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, el ministro Javier Laynez Potisek calificó como un “fraude a la Constitución” la reforma aprobada en septiembre de 2022, pues violaba el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que las corporaciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, deben tener carácter civil, lo que no se cumpliría si dicha corporación quedaba subordinada a la Sedena.

Esto es un gran logro ciudadano, ya que dicha decisión enmarca la complejidad y la incongruencia de las políticas públicas en materia de seguridad en el país, pues por un lado durante la creación de la Guardia Nacional se determinó que sería siempre una institución civil, hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la última reforma violaba íntegramente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, señaló Joan Ochoa Sada, quien además difundió un comunicado, en donde agradeció el arropo ciudadano que las organizaciones civiles promotoras de estos amparos recibieron durante los meses que duró la batalla legal que emprendieron.

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