/ domingo 10 de septiembre de 2023

Alto al rechazo a aceptación de paternidad

En vías de aprobar Código Civil Estatal

GUANAJUATO, Gto., En el periodo comprendido de 2015 a la fecha, a nivel nacional existen casi 70 mil niños y niñas, que al momento de su nacimiento no fueron registrados con el apellido del padre en el acta de nacimiento, esto debido a múltiples factores como la no aceptación de la paternidad, la desaparición del progenitor o el desconocimiento de la paternidad externo el diputado Ernesto Millán Soberanes.

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Dijo que es necesario cambiar la forma de implementar los procesos y las anotaciones que se realizan en las actas de nacimiento de los guanajuatenses era con la finalidad de fortalecer la libertad y secrecía de los menores o adultos que hayan sido reconocidos por sus padres en un momento posterior a su nacimiento y registro.

El dictamen de la Iniciativa de reforma al Código Civil del estado de Guanajuato se subirá en el próximo período ordinario de sesiones.

Hay que recordar que recientemente en la comisión de Justicia fue aprobado el dictamen de la iniciativa presentada por el diputado de Morena que reforma el Código Civil del Estado de Guanajuato, con el fin de eliminar las anotaciones por reconocimiento de paternidad o maternidad en las actas de nacimiento.

No hablamos de trámites civiles si no de otorgamiento de derechos humanos que ya están establecidos en nuestra carta magna y en los diversos tratados internacionales de donde México forma parte”, comentó el congresista.

A nivel nacional existe un alto rechazo a aceptar la paternidad.

Agregó que actualmente los oficiales del registro civil realizan las anotaciones en las actas en los casos de reconocimiento de hijos o hijas, adopción simple, divorcio e inscripción de las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, la tutela y la pérdida o limitación de la capacidad legal para administrar bienes.

Millán Soberanes precisó que los mismos datos se estampan en cualquier acta de nacimiento, son los que se utilizan en el reconocimiento, solo que en el reconocimiento de los hijos se hacía como anotación, vulnerando el derecho a la privacidad y a la personalidad de las personas, dejando a la vista de cualquiera que tenga acceso al acta de nacimiento, el saber que esa persona fue reconocida posteriormente por alguno de sus padres y no desde su nacimiento.

“Este tipo de acciones deja en vulnerabilidad a los reconocidos, ya que sea cual sea la razón por la que fueron reconocidos posterior a su registro, no debe de ser un medio para posible vulneración a sus derechos humanos”, concluyó el diputado.

GUANAJUATO, Gto., En el periodo comprendido de 2015 a la fecha, a nivel nacional existen casi 70 mil niños y niñas, que al momento de su nacimiento no fueron registrados con el apellido del padre en el acta de nacimiento, esto debido a múltiples factores como la no aceptación de la paternidad, la desaparición del progenitor o el desconocimiento de la paternidad externo el diputado Ernesto Millán Soberanes.

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Dijo que es necesario cambiar la forma de implementar los procesos y las anotaciones que se realizan en las actas de nacimiento de los guanajuatenses era con la finalidad de fortalecer la libertad y secrecía de los menores o adultos que hayan sido reconocidos por sus padres en un momento posterior a su nacimiento y registro.

El dictamen de la Iniciativa de reforma al Código Civil del estado de Guanajuato se subirá en el próximo período ordinario de sesiones.

Hay que recordar que recientemente en la comisión de Justicia fue aprobado el dictamen de la iniciativa presentada por el diputado de Morena que reforma el Código Civil del Estado de Guanajuato, con el fin de eliminar las anotaciones por reconocimiento de paternidad o maternidad en las actas de nacimiento.

No hablamos de trámites civiles si no de otorgamiento de derechos humanos que ya están establecidos en nuestra carta magna y en los diversos tratados internacionales de donde México forma parte”, comentó el congresista.

A nivel nacional existe un alto rechazo a aceptar la paternidad.

Agregó que actualmente los oficiales del registro civil realizan las anotaciones en las actas en los casos de reconocimiento de hijos o hijas, adopción simple, divorcio e inscripción de las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, la tutela y la pérdida o limitación de la capacidad legal para administrar bienes.

Millán Soberanes precisó que los mismos datos se estampan en cualquier acta de nacimiento, son los que se utilizan en el reconocimiento, solo que en el reconocimiento de los hijos se hacía como anotación, vulnerando el derecho a la privacidad y a la personalidad de las personas, dejando a la vista de cualquiera que tenga acceso al acta de nacimiento, el saber que esa persona fue reconocida posteriormente por alguno de sus padres y no desde su nacimiento.

“Este tipo de acciones deja en vulnerabilidad a los reconocidos, ya que sea cual sea la razón por la que fueron reconocidos posterior a su registro, no debe de ser un medio para posible vulneración a sus derechos humanos”, concluyó el diputado.

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