/ martes 18 de julio de 2023

Ya está en ley proteger imagen de menores y adolescentes

Se podría celebrar una consulta si así lo determina el INILEG

GUANAJUATO, Gto. (OEM-Informex).- La diputada local Susana Bermúdez Cano consideró que no es necesario reformar la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guanajuato en materia de protección de niñas, niños y adolescentes para evitar que se difunden imágenes o videos de ellos durante las precampañas o campañas electorales, porque ya está legislado en la entidad en otro marco jurídico.

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Durante el análisis de cuatro iniciativas que buscan reformar la ley electoral realizada en el Congreso Local con miras a los comicios de 2024, integrantes de la Comisión de Asuntos Electorales, representantes de instituciones electorales, Universidad de Guanajuato, Procuraduría de los Derechos Humanos, del Instituto de Investigaciones Legislativas y de la Coordinación Jurídica del Gobierno del Estado, dieron sus opiniones en torno a dichas propuestas.

Realizan la mesa de trabajo en la comisión de Asuntos Electorales del Congreso Local.

Para cerrar la mesa de trabajo, la diputada Bermúdez Cano hizo referencia a la iniciativa priísta que presentó para brindar protección a niñas, niños y adolescentes y dijo si bien en la ley de la materia tiene previsto obligaciones para garantizar la identidad de los menores y la ley electoral local no tiene expresamente establecido un artículo que establezca dicha obligación, esto no implica que pueda transgredir los derechos de los menores, por lo contrario, deben respetarse y garantizarse.

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En consecuencia, agregó, que se encuentra legislado al establecer las directrices particularmente en la Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en el estado de Guanajuato, “por lo que al trasladarse la norma se estaría sobrerregulando al respecto”.

Sin embargo, anotó que hay múltiples casos de la utilización de imágenes o videos de niñas, niños y adolescentes y se dan de manera reiterada sin cumplir con los requisitos para garantizar su protección por lo cual se podría remitir a que se observe lo estipulado por los artículos de la ley general de niñas, niños y adolescentes, así como de la ley de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes del estado de Guanajuato.

Bermúdez Cano sugirió que se sí se haga una consulta al Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso Local, para saber si es necesario que se realice una consulta respecto de las niñas, niños y adolescentes para no transgredir ningún derecho.

Lo anterior, dijo, para atender la sentencia 239-2020, una acción de inconstitucionalidad, terminó Susana Bermúdez.

GUANAJUATO, Gto. (OEM-Informex).- La diputada local Susana Bermúdez Cano consideró que no es necesario reformar la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guanajuato en materia de protección de niñas, niños y adolescentes para evitar que se difunden imágenes o videos de ellos durante las precampañas o campañas electorales, porque ya está legislado en la entidad en otro marco jurídico.

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Durante el análisis de cuatro iniciativas que buscan reformar la ley electoral realizada en el Congreso Local con miras a los comicios de 2024, integrantes de la Comisión de Asuntos Electorales, representantes de instituciones electorales, Universidad de Guanajuato, Procuraduría de los Derechos Humanos, del Instituto de Investigaciones Legislativas y de la Coordinación Jurídica del Gobierno del Estado, dieron sus opiniones en torno a dichas propuestas.

Realizan la mesa de trabajo en la comisión de Asuntos Electorales del Congreso Local.

Para cerrar la mesa de trabajo, la diputada Bermúdez Cano hizo referencia a la iniciativa priísta que presentó para brindar protección a niñas, niños y adolescentes y dijo si bien en la ley de la materia tiene previsto obligaciones para garantizar la identidad de los menores y la ley electoral local no tiene expresamente establecido un artículo que establezca dicha obligación, esto no implica que pueda transgredir los derechos de los menores, por lo contrario, deben respetarse y garantizarse.

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En consecuencia, agregó, que se encuentra legislado al establecer las directrices particularmente en la Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en el estado de Guanajuato, “por lo que al trasladarse la norma se estaría sobrerregulando al respecto”.

Sin embargo, anotó que hay múltiples casos de la utilización de imágenes o videos de niñas, niños y adolescentes y se dan de manera reiterada sin cumplir con los requisitos para garantizar su protección por lo cual se podría remitir a que se observe lo estipulado por los artículos de la ley general de niñas, niños y adolescentes, así como de la ley de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes del estado de Guanajuato.

Bermúdez Cano sugirió que se sí se haga una consulta al Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso Local, para saber si es necesario que se realice una consulta respecto de las niñas, niños y adolescentes para no transgredir ningún derecho.

Lo anterior, dijo, para atender la sentencia 239-2020, una acción de inconstitucionalidad, terminó Susana Bermúdez.

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