GUANAJUATO, Gto; Con el fin de abonar mayor seguridad a los ciudadanos que usan las nuevas tecnologías, la diputada local Libia Denisse García Muñoz Ledo, trabajará en una iniciativa para sancionar a quienes cometan el acecho, afectación a la intimidad y la captación de menores para tipificarlos como delitos en el Código Penal del Estado de Guanajuato.
En este sentido dijo que hay sanciones diferentes para cada uno de los tipos penales.
En el caso de la captación de menores, se habla de tres meses a dos años de prisión y de 5 a 30 días de multa. En el caso de afectación a la intimidad es de tres meses a un año de prisión y en el caso del acecho, que la conducta nos parece más grave, se propone imponer de tres meses a dos años de prisión, precisó Libia García.
“Hoy con el uso de las nuevas tecnologías vemos que hay menores de edad que ya tienen redes sociales y otro tipo de situaciones y muchas veces son contactados por personas mayores de edad con fines de sustraerlos de sus familias o de tener relaciones de otro tipo”, mencionó la legisladora panista quien hizo referencia al tema de la captación de menores.
El acecho es a aquella persona que manifieste conductas reiterativas que hagan a otra persona sentirse intimidada, en riesgo, insegura, ya sea a ella o a su familia también, señaló.
García Muñoz Ledo precisó que en la siguiente legislatura trabajará en la siguiente legislatura y tiene que ver con el ciber acoso porque hoy con el uso de las nuevas tecnologías los jóvenes, adultos y los niños se ven expuestos a riesgos que no estaban considerados antes y por eso hace falta regularlos.
La iniciativa presenta tres nuevos tipos penales, por un lado está el acecho “a quien presente una conducta reiterativa que tienda a hacer sentir inseguro o intimidar a la otra persona, a ella o a cualquiera de sus familiares, esta conducta no está tipificada”.
Por otro lado también está la afectación a la intimidad, “pues se han dado casos inclusive en los que con consentimiento incluso de la pareja, son grabados en situaciones íntimas, de carácter a veces hasta sexual y luego alguna de las partes sin el consentimiento difunde estas imágenes, los videos y no hay una sanción, porque al momento de grabarse hubo consentimiento”.
El Código Penal no sanciona actualmente esta conducta que habla cuando solamente no hay un consentimiento, puede haber el consentimiento pero no para difundir las imágenes o videos y por eso se busca incorporar este tipo penal, terminó la diputada local