/ viernes 13 de octubre de 2017

Aprueban en la Cámara de Diputados ley de desaparición forzada

Crean el delito de desaparición forzada y se impondrán penas de 25 a 50 años de prisión y hasta ocho mil días de multa

La Cámara de Diputados aprobó y turnó al Ejecutivo la nueva Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con el documento aprobado, aquellos que incurran en este delito serán acreedores a una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días multa, la cual se puede aumentar hasta en una mitad cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor de edad, mujer, persona con discapacidad, adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.

La minuta también reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, para armonizar estos ordenamientos con la nueva legislación, principalmente, en lo concerniente a las sanciones por el delito de desaparición forzada y el tratamiento de cadáveres de personas no identificadas.

Dicho dictamen de minuta que turnó el Senado, se aprobó en lo general por unanimidad, sin cambios, con 397 votos a favor, y tras retirarse y rechazarse 54 reservas, se avaló en lo particular, también por unanimidad, con 361 votos a favor, y se turnó al Ejecutivo.

Se crean el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, la Comisión Nacional de Búsqueda, un Consejo Ciudadano y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Establece la distribución de competencias y la coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno, para combatir el crimen, e incrementa las penas para quienes cometan este delito.

A la desaparición forzada cometida por particulares se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.

Se crea también el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, cuyo objetivo es diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado mexicano, a fin de establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre autoridades de todos los órdenes de gobierno, para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

Una de las características fundamentales de la legislación es la investigación de los delitos a través de una Fiscalía Especializada, adscrita a la Procuraduría General de la República y a las procuradurías locales, a fin de tener autoridades especializadas.

La Cámara de Diputados aprobó y turnó al Ejecutivo la nueva Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con el documento aprobado, aquellos que incurran en este delito serán acreedores a una pena de 40 a 60 años de prisión, y de 10 mil a 20 mil días multa, la cual se puede aumentar hasta en una mitad cuando la víctima pierda la vida, sea migrante, menor de edad, mujer, persona con discapacidad, adulto mayor, periodista o defensor de derechos humanos.

La minuta también reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, para armonizar estos ordenamientos con la nueva legislación, principalmente, en lo concerniente a las sanciones por el delito de desaparición forzada y el tratamiento de cadáveres de personas no identificadas.

Dicho dictamen de minuta que turnó el Senado, se aprobó en lo general por unanimidad, sin cambios, con 397 votos a favor, y tras retirarse y rechazarse 54 reservas, se avaló en lo particular, también por unanimidad, con 361 votos a favor, y se turnó al Ejecutivo.

Se crean el Sistema Nacional de Búsqueda de personas, la Comisión Nacional de Búsqueda, un Consejo Ciudadano y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Establece la distribución de competencias y la coordinación entre autoridades de los distintos órdenes de gobierno, para combatir el crimen, e incrementa las penas para quienes cometan este delito.

A la desaparición forzada cometida por particulares se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa.

Se crea también el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, cuyo objetivo es diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado mexicano, a fin de establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre autoridades de todos los órdenes de gobierno, para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

Una de las características fundamentales de la legislación es la investigación de los delitos a través de una Fiscalía Especializada, adscrita a la Procuraduría General de la República y a las procuradurías locales, a fin de tener autoridades especializadas.

Local

Teresita de Jesús Cornejo Cabrera, ¡Presente!

Rinden homenaje póstumo a oficial caída

Cultura

Día Internacional del Libro: La importancia de la lectura en nuestras vidas

En el Día Internacional del Libro, reflexionamos sobre el papel fundamental que la lectura desempeña en nuestras vidas. Más allá de ser una fuente de conocimiento, los libros son portales que nos transportan a mundos desconocidos, nos enseñan lecciones valiosas y amplían nuestra perspectiva

Local

Trabajadores de Mazda accederán a retroactivo salarial

Después de aprobar las negociaciones entre el sindicato y la empresa

Local

Padres de familia se unen a la prevención de adicciones en Salamanca

La familia es el eje principal para hacer frente a la violencia y la falta de valores

Local

Fomentan lectura a través de intercambios de libros

Escritores y editores salmantinos, realizaron el evento "Jugueteando con el libro”