/ martes 19 de febrero de 2019

Improcedentes medidas cautelares contra Miguel Barbosa, determina INE

En sesión extraordinaria de la Comisión de Quejas y Denuncias, sus integrantes votaron de manera unánime desechar la queja interpuesta por Inés Parra

El Instituto Nacional Electoral declaró infundada la queja interpuesta contra Miguel Barbosa Huerta por presuntos actos anticipados de campaña en busca de la gubernatura de Puebla, tal como lo había denunciado

En sesión extraordinaria de la Comisión de Quejas y Denuncias, sus integrantes votaron de manera unánime desechar la queja interpuesta por Inés Parra, quien acusó a Barbosa de estar haciendo campaña por medio de entrevistas en radio, televisión e internet.

En primera instancia, los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif determinaron que las entrevistas en radio y televisión ya habían sido analizadas por la Comisión por lo que una nueva determinación resultaba improcedente.

En tanto, en el caso de su difusión por internet, el criterio que se tomó fue que al tratarse de un medio donde el usuario debe de ingresar por su propia voluntad, no se puede considerar propaganda, además de que su contenido es de carácter periodístico.

El Instituto Nacional Electoral declaró infundada la queja interpuesta contra Miguel Barbosa Huerta por presuntos actos anticipados de campaña en busca de la gubernatura de Puebla, tal como lo había denunciado

En sesión extraordinaria de la Comisión de Quejas y Denuncias, sus integrantes votaron de manera unánime desechar la queja interpuesta por Inés Parra, quien acusó a Barbosa de estar haciendo campaña por medio de entrevistas en radio, televisión e internet.

En primera instancia, los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif determinaron que las entrevistas en radio y televisión ya habían sido analizadas por la Comisión por lo que una nueva determinación resultaba improcedente.

En tanto, en el caso de su difusión por internet, el criterio que se tomó fue que al tratarse de un medio donde el usuario debe de ingresar por su propia voluntad, no se puede considerar propaganda, además de que su contenido es de carácter periodístico.

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