/ jueves 28 de marzo de 2019

Orienta SAT sobre pago de utilidades

La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas.

El módulo de información del SAT en Salamanca informa que la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, es una prestación derivado de las ganancias que obtiene el patrón durante el año.

El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual que vence éste 31 de marzo las empresas y 30 de abril las personas físicas. Es es decir del 1 de abril al 30 de mayo las personas morales del Régimen General (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, así como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal.

La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas.

Indica que para que los trabajadores puedan saber si el patrón con el cual laboran declaró utilidades, dichos patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores al sindicato, o bien a la mayoría de los trabajadores copia de la declaración anual, dentro de 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de la misma.

Expresa que este derecho es además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, un mecanismo que estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados.

Es para todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.

El módulo de información del SAT en Salamanca informa que la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, es una prestación derivado de las ganancias que obtiene el patrón durante el año.

El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual que vence éste 31 de marzo las empresas y 30 de abril las personas físicas. Es es decir del 1 de abril al 30 de mayo las personas morales del Régimen General (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, así como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal.

La obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de personas morales (empresas), y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas.

Indica que para que los trabajadores puedan saber si el patrón con el cual laboran declaró utilidades, dichos patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores al sindicato, o bien a la mayoría de los trabajadores copia de la declaración anual, dentro de 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de la misma.

Expresa que este derecho es además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, un mecanismo que estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados.

Es para todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.

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