GUANAJUATO, Gto.- A ocho meses del asesinado de Ángel Yael estudiante de la Universidad de Guanajuato a manos de un elemento de la Guardia Nacional, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió una recomendación 80VG/2022 a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodriguez Velázquez.
En el informe que emite la CNDH refiere que el apercibimiento es por violaciones graves a los derechos humanos a la vida en agravio del joven estudiante, y a la integridad personal y seguridad jurídica de otras tres, así como por el uso excesivo de la fuerza, atribuible a elementos de la GN.
De igual forma se calificó los hechos como violaciones graves dadas las vulneraciones a los derechos humanos a la vida, integridad personal y seguridad jurídica de las víctimas, el impacto social y las afectaciones causadas a los familiares de la persona que murió, aunado al impacto al núcleo familiar y proyecto de vida de otra estudiante quien resultó lesionada, así como el daño causado a las otras dos víctimas.
La CNDH recomendó a la GN inscribir en el Registro Nacional de Victimas a las cuatro personas cuyos derechos se violentaron, así como a las siete víctimas indirectas, y proceder a la reparación integral del daño que incluya la medida de compensación. Además, que se les otorgue la atención médica integral, psicológica, tanatológica y de rehabilitación, según corresponda a cada una de ellas. Así como el gestionar una beca o mecanismo similar para garantizar que, si así lo desean, las tres personas agraviadas puedan continuar y concluir con sus estudios de nivel superior.
De igual forma, se pide que la SSPC colabore con el Juzgado encargado de la investigación en contra de las personas servidoras públicas que pudieran resultar responsables de los hechos derivados de esta Recomendación y que el Órgano Interno de Control en la GN realice una investigación exhaustiva sobre estos hechos.
Asimismo indicó que se imparta un curso sobre el uso de la fuerza y su marco normativo vigente, dirigido a quienes participaron en los hechos y desempeñen labores de seguridad pública, cuyos contenidos deberán ser adecuados para prevenir casos similares.
Además, la CNDH pide que se emita una circular dirigida a los elementos del área implicada en los hechos, que participe en las tareas de seguridad pública, para que se atienda lo establecido sobre el uso de la fuerza, con el propósito de que las personas servidoras públicas de dicha corporación registren audiovisualmente el desarrollo de los operativos en que participen.
Los hechos:
Y es que fue el pasado 27 de abril de 2022, que fue iniciada una investigación de oficio en la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, que más tarde fue remitida a la CNDH por razones de competencia, por violaciones a los derechos humanos de cuatro jóvenes, quienes se encontraban conviviendo en un terreno cercano a la UG, en la que estudian. Al momento de retirarse en sus vehículos, arribaron, de manera intempestiva, elementos de la GN, quienes descendieron y comenzaron a disparar en su contra. Una de las victimas recibió un disparo en la cabeza y falleció al momento, otra fue herida en el hombro derecho.
A pesar de que los elementos de la Guardia Nacional declararon que los jóvenes huyeron a alta velocidad en cuanto los vieron, por lo que tuvieron que perseguirlos y dispararles dado que no quisieron detenerse, la Comisión Nacional concluyó que el uso de la fuerza fue ilegal dado que no se encontraban frente a una amenaza real e inminente que ameritara el uso de sus armas letales para salvaguardar su vida e integridad.
Además de que tampoco se advirtió que los jóvenes opusieran resistencia, mucho menos agresiones; por el contrario, se acreditó que los elementos de la GN dispararon de inmediato y de manera directa a las víctimas, sin existir causa debidamente motivada para accionar sus armas de fuego, por lo cual su uso resultó inoportuno, innecesario y excesivo.
“Con motivo de lo anterior, existe una afectación al derecho a la vida de la víctima mortal, asi como a la integridad personal de las otras tres víctimas, cuyo proyecto de vida fue drásticamente afectado, debido a los efectos permanentes y directos que provocaron las graves violaciones a sus derechos humanos, cuyas consecuencias han incidido en su calidad de vida, pues generaron secuelas a nivel físico, psicológico y social, como son alteraciones en su estado emocional y expectativas en sus relaciones sociales al manifestar estados de temor, ansiedad y depresión”, (sic).