/ lunes 17 de enero de 2022

UNA EXPERIENCIA GRATIFICANTE

La Quincuagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, México, integrada por 26 diputados, en sesión del 26 de julio de 1996, después de un largo período de consulta a los maestros y a la sociedad en general, aprobó la Ley de Educación. Se publicó el 13 de agosto de 1996 en el periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

El SNTE realizó una edición especial, terminándose de imprimir en noviembre de 1996 en los talleres gráficos de la Editorial del Magisterio “Benito Juárez”. En esta obra están, además, un índice analítico, los artículos Constitucionales: 3º, 31 fracción 1 y 73 fracción XXV, Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionada con la materia educativa y un glosario de las palabras más usuales en el texto, con su correspondiente explicación. Los comentarios a cada uno de los artículos de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato estuvieron a cargo de dos especialistas comisionados por el SNTE: licenciado Ricardo Alba Rodríguez (de quien mucho aprendí) y el que esto escribe.

En cuanto a las propuestas para la Ley, la inclusión fue de forma y fondo atendiendo aspectos laborales, pedagógicos, jurídicos y sindicales. Los temas más sobresalientes fueron los siguientes: La definición de la palabra educación y la obligatoriedad del Ejecutivo estatal de impulsarla. La integración dentro de la descripción del Sistema Educativo, del personal de apoyo y directivo, dignificando la función con su definición expresa en el texto de la ley.

La prohibición concreta a los padres de familia y asociaciones para intervenir en asuntos laborales y pedagógicos. La prohibición de establecer cuotas obligatorias en las escuelas para salvaguardar la gratuidad en la educación pública. La obligatoriedad de que las quejas de padres de familia sean comunicadas primero al personal directivo de la escuela evitando infinidad de injusticias en contra de nuestros compañeros al conocer las autoridades centrales de manera directa Se limita expresamente a los Consejos de Participación Social, el participar en asuntos laborales, religiosos o políticos.

Se incluye lo referente al aprecio a los Símbolos Patrios. Se definen expresamente las funciones de la Supervisión y de la Jefatura de Sector. Se suprime del texto toda posibilidad de municipalizar el servicio educativo al establecer la prestación del mismo como responsabilidad exclusiva del Ejecutivo del Estado, limitando a los Ayuntamientos a colaborar con el mantenimiento de las instalaciones, con la fundación de bibliotecas, el fomento a la lectoescritura y programas culturales.

El agradecimiento sincero, a mis maestros de la Escuela de Derecho de la Universidad Lasallista Benavente, sus enseñanzas en las aulas fueron suficientes para participar, modestamente, representando a la sección 13 del SNTE en la elaboración de la Ley Educación para el estado de Guanajuato de 1996. Gracias también, a mi líder sindical y amigo, profesor Alfonso Suárez Lara, por la confianza en mi persona al otorgarme la comisión para participar en dichos trabajos. Fue una de las experiencias más gratificantes de mi vida.


La Quincuagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, México, integrada por 26 diputados, en sesión del 26 de julio de 1996, después de un largo período de consulta a los maestros y a la sociedad en general, aprobó la Ley de Educación. Se publicó el 13 de agosto de 1996 en el periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

El SNTE realizó una edición especial, terminándose de imprimir en noviembre de 1996 en los talleres gráficos de la Editorial del Magisterio “Benito Juárez”. En esta obra están, además, un índice analítico, los artículos Constitucionales: 3º, 31 fracción 1 y 73 fracción XXV, Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionada con la materia educativa y un glosario de las palabras más usuales en el texto, con su correspondiente explicación. Los comentarios a cada uno de los artículos de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato estuvieron a cargo de dos especialistas comisionados por el SNTE: licenciado Ricardo Alba Rodríguez (de quien mucho aprendí) y el que esto escribe.

En cuanto a las propuestas para la Ley, la inclusión fue de forma y fondo atendiendo aspectos laborales, pedagógicos, jurídicos y sindicales. Los temas más sobresalientes fueron los siguientes: La definición de la palabra educación y la obligatoriedad del Ejecutivo estatal de impulsarla. La integración dentro de la descripción del Sistema Educativo, del personal de apoyo y directivo, dignificando la función con su definición expresa en el texto de la ley.

La prohibición concreta a los padres de familia y asociaciones para intervenir en asuntos laborales y pedagógicos. La prohibición de establecer cuotas obligatorias en las escuelas para salvaguardar la gratuidad en la educación pública. La obligatoriedad de que las quejas de padres de familia sean comunicadas primero al personal directivo de la escuela evitando infinidad de injusticias en contra de nuestros compañeros al conocer las autoridades centrales de manera directa Se limita expresamente a los Consejos de Participación Social, el participar en asuntos laborales, religiosos o políticos.

Se incluye lo referente al aprecio a los Símbolos Patrios. Se definen expresamente las funciones de la Supervisión y de la Jefatura de Sector. Se suprime del texto toda posibilidad de municipalizar el servicio educativo al establecer la prestación del mismo como responsabilidad exclusiva del Ejecutivo del Estado, limitando a los Ayuntamientos a colaborar con el mantenimiento de las instalaciones, con la fundación de bibliotecas, el fomento a la lectoescritura y programas culturales.

El agradecimiento sincero, a mis maestros de la Escuela de Derecho de la Universidad Lasallista Benavente, sus enseñanzas en las aulas fueron suficientes para participar, modestamente, representando a la sección 13 del SNTE en la elaboración de la Ley Educación para el estado de Guanajuato de 1996. Gracias también, a mi líder sindical y amigo, profesor Alfonso Suárez Lara, por la confianza en mi persona al otorgarme la comisión para participar en dichos trabajos. Fue una de las experiencias más gratificantes de mi vida.