/ martes 28 de abril de 2020

SOBRE SEGURIDAD SOCIAL PENSIONES Y ALGO MÁS…

Modalidad 40

La mayoría de las consultas que me han hecho últimamente, tienen que ver con la modalidad 40, es por ello que esta semana hablaremos sobre esta modalidad.

¿Qué es la modalidad 40?

La modalidad 40 o continuación voluntaria es un seguro especial que te permite continuar cotizando los seguros de invalidez y vida, así como el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Tiene su fundamento en el art. 228LSS y

en el Art. 64 RLSS en el cual nos expresa que el asegurado que deje de pertenecer al régimen obligatorio podrá optar por continuar voluntariamente en el mismo, para tal fin el asegurado debe de contar con un mínimo de 52 semanas cotizadas y acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos cinco años. Además de cotizar semanas, esta modalidad especial te permite elegir el salario que deseas cotizar.

CARACTERÍSTICAS DE LA MODALIDAD 40

El salario que se tomara como base para la contratación del seguro será el último que tenía registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio, no podrá elegir un salario menor, pero si podrá elegir uno mayor (artículo 65 rlss), teniendo un tope máximo de 25 umas que en 2020 equivale a $2172 pesos diarios (artículo 28 lss).

El trabajador puede elegir contratar la modalidad a partir de la fecha en que solicita su inscripción ante el seguro social o bien a partir de la fecha de su baja en el régimen obligatorio, pudiendo pagar de manera retroactiva hasta 5 años, con su actualización y recargos correspondientes (art 66 rlss), en caso de pagar de manera retroactiva, se toma como salario tope el del año en que causo baja.

El derecho de contratar este seguro se pierde a los cinco años a partir de la fecha de la baja (art 219 lss). La continuación voluntaria del régimen obligatorio se termina por declaración expresa del asegurado, reingresar nuevamente en el régimen obligatorio o dejar de pagar las cuotas del seguro durante dos meses, en este último caso puede solicitar su reingreso a la modalidad por escrito dentro de los siguientes doce meses a partir de la fecha de su baja por falta de pago (art 220 lss)

COSTO DE LA MODALIDAD

El pago de esta modalidad es mensual, teniendo como fecha límite de pago los días 17 de cada mes, para saber cuánto se tiene que pagar se realiza el siguiente calculo: 10.075% x el salario base de cotización x el número de días del mes.

Ejemplo: Salario de 1500 pesos diarios y se va pagar el mes de abril, se multiplica 10.75% X 1500 salario cotizado X 30 días que tiene el mes = $4837.5 costo de la modalidad mes de abril.

QUE DOCUMENTOS SE NECESITAN PARA CONTRATAR LA MODALIDAD

Escrito libre que contenga el nombre, número de seguro social y dirección del trabajador que va contratar la modalidad, además debe de señalar el motivo de la contratación de la modalidad, el salario que desea cotizar y a partir de qué fecha se solicita la inscripción.

Identificación oficial del trabajador, Curp, Comprobante de domicilio, algún documento que contenga el número de seguro social y el RFC con homoclave.

Este trámite se puede hacer vía internet o de manera presencial en las oficinas de afiliación y vigencia del seguro social.

Escríbeme tus dudas: sobrepensiones@gmail.com

Consultas personalizadas previa cita 462 6216461

Sígueme en Facebook: @GYAIRAPUATO

Visita: http://grupoaseguradorgya.com

Modalidad 40

La mayoría de las consultas que me han hecho últimamente, tienen que ver con la modalidad 40, es por ello que esta semana hablaremos sobre esta modalidad.

¿Qué es la modalidad 40?

La modalidad 40 o continuación voluntaria es un seguro especial que te permite continuar cotizando los seguros de invalidez y vida, así como el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Tiene su fundamento en el art. 228LSS y

en el Art. 64 RLSS en el cual nos expresa que el asegurado que deje de pertenecer al régimen obligatorio podrá optar por continuar voluntariamente en el mismo, para tal fin el asegurado debe de contar con un mínimo de 52 semanas cotizadas y acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos cinco años. Además de cotizar semanas, esta modalidad especial te permite elegir el salario que deseas cotizar.

CARACTERÍSTICAS DE LA MODALIDAD 40

El salario que se tomara como base para la contratación del seguro será el último que tenía registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio, no podrá elegir un salario menor, pero si podrá elegir uno mayor (artículo 65 rlss), teniendo un tope máximo de 25 umas que en 2020 equivale a $2172 pesos diarios (artículo 28 lss).

El trabajador puede elegir contratar la modalidad a partir de la fecha en que solicita su inscripción ante el seguro social o bien a partir de la fecha de su baja en el régimen obligatorio, pudiendo pagar de manera retroactiva hasta 5 años, con su actualización y recargos correspondientes (art 66 rlss), en caso de pagar de manera retroactiva, se toma como salario tope el del año en que causo baja.

El derecho de contratar este seguro se pierde a los cinco años a partir de la fecha de la baja (art 219 lss). La continuación voluntaria del régimen obligatorio se termina por declaración expresa del asegurado, reingresar nuevamente en el régimen obligatorio o dejar de pagar las cuotas del seguro durante dos meses, en este último caso puede solicitar su reingreso a la modalidad por escrito dentro de los siguientes doce meses a partir de la fecha de su baja por falta de pago (art 220 lss)

COSTO DE LA MODALIDAD

El pago de esta modalidad es mensual, teniendo como fecha límite de pago los días 17 de cada mes, para saber cuánto se tiene que pagar se realiza el siguiente calculo: 10.075% x el salario base de cotización x el número de días del mes.

Ejemplo: Salario de 1500 pesos diarios y se va pagar el mes de abril, se multiplica 10.75% X 1500 salario cotizado X 30 días que tiene el mes = $4837.5 costo de la modalidad mes de abril.

QUE DOCUMENTOS SE NECESITAN PARA CONTRATAR LA MODALIDAD

Escrito libre que contenga el nombre, número de seguro social y dirección del trabajador que va contratar la modalidad, además debe de señalar el motivo de la contratación de la modalidad, el salario que desea cotizar y a partir de qué fecha se solicita la inscripción.

Identificación oficial del trabajador, Curp, Comprobante de domicilio, algún documento que contenga el número de seguro social y el RFC con homoclave.

Este trámite se puede hacer vía internet o de manera presencial en las oficinas de afiliación y vigencia del seguro social.

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